Una de las peores situaciones, sino la peor, que se puede
encontrar un propietario cuando
alquila una nave industrial es que el inquilino
no le pague la renta y que no abandone la nave. En esta situación al
propietario no le quedará más remedio que poner una demanda y esperar a que un
juzgado le dé la razón y proceda al desahucio del arrendatario.
A la hora de alquilar una nave industrial no existe riesgo
cero para los propietarios ya que si un inquilino no paga los meses o incumple
cualquier cláusula del contrato, a pesar de que al final la justicia le acabará
dando la razón y la parte que ha incumplido el contrato de alquiler tendrá que
asumir las consecuencias, es seguro que ese incumplimiento será un problema
para la propiedad.
Esta es una de las cosas que tiene que tener claras el
propietario de una nave industrial cuando decide ponerla en el mercado de
alquiler, no existe riesgo cero. No obstante sí hay maneras de minimizar el
riesgo o la incertidumbre a la hora de alquilar una nave.
Lo primero que tiene que hacer un propietario cuando se le
presenta un posible inquilino es intentar averiguar la solvencia de la empresa
o si tiene antecedentes por incidencias de pago. Normalmente la forma más
sencilla de obtener información en este sentido es consultar a su entidad
bancaria de referencia.
Otra forma de obtener cierta seguridad es solicitar un aval
bancario, de manera que si se presentan incidencias en el pago de las rentas
mensuales será la entidad financiera que avala al arrendatario la que
responderá por el importe del aval concedido. En este sentido hay que matizar
que el aval bancario no nos libra de interponer una demanda al arrendatario en
el caso de que no pague los meses. Lo único que nos garantiza es que el banco
va a responder por la cantidad que ha avalado (normalmente seis meses o un
año).
Para evitar el caso de que una empresa deje de pagar las
mensualidades del alquiler porque ha entrado en concurso de acreedores muchas
veces los propietarios exigen que avale el contrato una persona física, de
manera que si la empresa a la que le hemos alquilado la nave no paga será la
persona que ha firmado como avalista solidario la que responda con sus bienes.
Esta situación aporta cierta tranquilidad a los propietarios, pero no debemos
olvidar que si la persona física que firma como avalista se declara insolvente
entonces tendremos complicado cobrar lo adeudado
.
En definitiva, existen varias maneras de que los
propietarios consigan cierta tranquilidad a la hora de alquilar sus
propiedades, pero si tienen la mala suerte de encontrarse con un inquilino que
actúa de mala fe la interposición de una demanda no le librará de pasar por una
situación desagradable y tediosa que en muchos casos no compensa el importe
reclamado. De todos modos tampoco es nuestra intención generar miedo ni generar
desconfianza ya que a pesar de a veces uno se puede encontrar con situaciones
desagradables, lo cierto es que siendo justos la mayoría de la gente cumple lo acordado en
los contratos, ya que entre otras cosas, no hacerlo supondrá un enorme problema
para su empresa con todos los perjuicios que eso acarrea tanto a nivel jurídico
como de imagen y pérdida de crédito.