Una de las preguntas habituales que se hacen los compradores de naves industriales es si deben realizar la compra con IVA o aplicando el
impuesto de transmisiones patrimoniales.
Normalmente la respuesta es clara, con IVA, pero hay una
serie de matices que se deben de tener en cuenta.
Si una empresa tiene sus cuentas saneadas, a la hora de
comprar una nave industrial suele ser conveniente aplicar el IVA, ya que a
pesar de que sobre el precio de compra hay que aplicar el 21% del IVA
correspondiente ese IVA es deducible y se compensará con el IVA soportado de
las compras de la empresa hasta que sea neutro. Además, como hemos explicado en
un post anterior, existe la figura llamada “Inversión del sujeto pasivo de IVA”,
mediante la cual, y siempre previa referencia explícita en la escritura
notarial, en el momento de la compraventa no será necesario desembolsar el 21%
del IVA.
Por otra parte cuando hablamos de la salud de las cuentas de
la empresa que realiza la compra de la nave industrial, debemos de tener en
cuenta que si compramos la nave a nombre de nuestra sociedad, ese inmueble
pasará a formar parte del patrimonio de la empresa y por tanto podrá ser empleado
como garante por terceros en una hipotética situación de embargo.
Otro aspecto a tener en cuenta si queremos comprar una nave
con IVA y ahorrarnos el impuesto de transmisiones patrimoniales es que el
vendedor tiene que tener capacidad para emitir una factura con IVA, es decir, el
que vende tiene que ser una sociedad, un autónomo o estar dado de alta el IVA
para poder emitir una factura. Si el que vende no está en ninguna de estas
situaciones no quedará más remedio que aplicar el ITP y nuestra compra se encarecerá
en el importe del impuesto de transmisiones correspondientes, que en el caso de
Galicia es del 10%.
Por tanto la conclusión es que normalmente suele ser
recomendable comprar una nave con IVA a no ser que queramos que dicha propiedad
forme parte de nuestro patrimonio personal y no del patrimonio de nuestra
sociedad.