Tanto si es usted es arrendador o arrendatario de una nave
industrial debe de saber que para evitar problemas o conflictos frente a
posibles “desastres” que puedan ocurrir en la nave arrendada durante el periodo
del contrato, lo normal es tener un seguro que cubra las posibles incidencias.
Pero ¿Quién paga el seguro y qué es lo que cubre?
Todas las empresas normalmente tienen al menos un seguro de responsabilidad
civil, pero
cuando se trata de alquilar una nave industrial los propietarios
suelen exigir algo más. En concreto, en la mayoría de los contratos de
arrendamiento se suele incluir una cláusula expresa en la que se obliga al
arrendatario a disponer de un seguro que cubra el contenido, mientras que los
propietarios deben de tener un seguro que cubra el continente. Esto lo que
quiere decir es que responderá la aseguradora del arrendatario si por ejemplo
durante el desarrollo de su actividad la empresa le da un golpe a la cubierta
de la nave con una máquina y la rompe. Sin embargo si se cae la cubierta por un
fuerte viento y ésta al caer causa daños, responderá el seguro del propietario.
En pocas palabras, el seguro del arrendatario o inquilino
responderá cuando se causen daños en el inmueble derivados de la actividad de
la empresa arrendataria, mientras que el seguro del propietario responderá
cuando existan daños que no son motivados por la actividad de la empresa
inquilina.
Para esto en los contratos debe de especificarse claramente
cuál es la actividad que va a ejercer en la nave la arrendataria, siendo un
motivo de rescisión de contrato el desarrollo de actividades que no están
contemplados en dicho contrato de alquiler. Además también suele especificarse
en los contratos por qué tipo de siniestros debe de responder cada parte y qué
tipo de productos o sustancias está terminante prohibido manejar en el interior
del inmueble, como, según el caso, explosivos o productos altamente inflamables.
Por último no se debe olvidar que para que los seguros nos
amparen, debemos de tener todos los papeles del inmueble y de nuestra empresa
en orden, y es fundamental contar con la pertinente licencia de actividad que
nos adapta a la normativa existente y nos autoriza a desarrollar nuestro
trabajo en dichas instalaciones.
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