domingo, 4 de junio de 2017

Trámites básicos que hay que hacer antes de comprar una nave industrial

La compra de una nave industrial es un paso importante para cualquier empresario ya que supone una gran inversión y hay que estar muy seguros de lo que hacemos para evitar problemas.
Tanto si se compra una nave industrial con fondos propios como si la compra se financia los pasos habituales que hay que dar son los siguientes.

En primer lugar es importante asesorarse con nuestra notaría de confianza. Hay que tener en cuenta que lo normal es que sea el comprador el que elija el notario, ya que es éste el que va a realizar un importante desembolso económico y es fundamental para su tranquilidad que sea él al que se le conceda la opción de elegir a su notario de confianza, siendo este el que guiará los pasos necesarios para efectuar la compra con garantías.
Una vez elegido el notario, lo primero será pedir una nota simple en el registro de la propiedad. En esta nota simple podemos ver quién es en realidad el propietario de la nave industrial que nos interesa, si  la propiedad tiene cargas, y si la descripción del inmueble se corresponde con las características que figuran en la escritura.
Hay que tener en cuenta que es posible que la nave industrial que nos interesa haya sido sometida a alguna división horizontal, es decir, que es posible que originariamente existiese una única propiedad que se ha dividido en otras más pequeñas. Es fundamental una comprobación de esta posible circunstancia para evitar problemas a efectos de licencias y de registros.
Por otra parte el vendedor tiene la obligación de presentar en el momento de la compraventa de la nave industrial los últimos cuatro recibos del impuesto de bienes inmuebles así como acreditar que se encuentra al día en el pago de la comunidad de propietarios que afecte al polígono en el que se ubica el inmueble. En este caso se suele solicitar un escrito que acredite que el vendedor está al corriente en los pagos.
Además, en muchos casos, también es obligatorio entregar al comprador un certificado de eficiencia energética del inmueble, certificado cuyos gastos tendrá que asumir el vendedor.

Ya por último hay que destacar que el comprador se normalmente se hace cargo de los impuestos y tasas que implica la compraventa, incluidos los gastos de notaría, si bien la plusvalía siempre tiene que asumirla la parte vendedora.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.