La compra de una nave industrial es un paso importante para
cualquier empresario ya que supone una gran inversión y hay que estar muy
seguros de lo que hacemos para evitar problemas.
Tanto si se compra una nave industrial con fondos propios
como si la compra se financia los pasos habituales que hay que dar son los siguientes.
En primer lugar es importante asesorarse con nuestra notaría
de confianza. Hay que tener en cuenta que lo normal es que sea el comprador el que
elija el notario, ya que es éste el que va a realizar un importante desembolso
económico y es fundamental para su tranquilidad que sea él al que se le conceda
la opción de elegir a su notario de confianza, siendo este el que guiará los
pasos necesarios para efectuar la compra con garantías.
Una vez elegido el notario, lo primero será pedir una nota
simple en el registro de la propiedad. En esta nota simple podemos ver quién es
en realidad el propietario de la nave industrial que nos interesa, si la
propiedad tiene cargas, y si la descripción del inmueble se corresponde con las
características que figuran en la escritura.
Hay que tener en cuenta que es posible que la nave
industrial que nos interesa haya sido sometida a alguna división horizontal, es
decir, que es posible que originariamente existiese una única propiedad que se
ha dividido en otras más pequeñas. Es fundamental una comprobación de esta
posible circunstancia para evitar problemas a efectos de licencias y de
registros.
Por otra parte el vendedor tiene la obligación de presentar
en el momento de la compraventa de la nave industrial los últimos cuatro recibos del impuesto de
bienes inmuebles así como acreditar que se encuentra al día en el pago de la
comunidad de propietarios que afecte al polígono en el que se ubica el inmueble. En este caso
se suele solicitar un escrito que acredite que el vendedor está al corriente en
los pagos.
Además, en muchos casos, también es obligatorio entregar al
comprador un certificado de eficiencia energética del inmueble, certificado
cuyos gastos tendrá que asumir el vendedor.
Ya por último hay que destacar que el comprador se
normalmente se hace cargo de los impuestos y tasas que implica la compraventa,
incluidos los gastos de notaría, si bien la plusvalía siempre tiene que
asumirla la parte vendedora.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.