lunes, 15 de junio de 2015

Cláusulas abusivas en los contratos de alquiler de una nave industrial



Hace unos días leíamos un artículo interesante que hacía referencia a cláusulas abusivas que con frecuencia el arrendador incluye en los contratos de alquiler.
En dicho artículo se aportaban datos de impagos de la renta de alquiler, indicando que los impagos han crecido casi un 17% en el año 2014 respecto al año anterior. Este dato preocupante, aunque hay que tener en cuenta que se refiere al mercado residencial y no industrial, provoca que muchos arrendadores intenten protegerse incluyendo en los contratos cláusulas que con el asesoramiento de un profesional probablemente un arrendatario no aprobaría.

Entre otras cláusulas abusivas, el referido artículo hacía referencia a que en determinados
contratos del alquiler el arrendador “obliga” al arrendatario a asumir todos los costes judiciales en caso de exista conflicto y haya que acudir a los tribunales.  También se cita como cláusula abusiva la que obliga al arrendatario a asumir todos los gastos de mantenimiento del inmueble, incluso aquellos provocados por el desgaste del tiempo y todas las reparaciones necesarias en el inmueble, incluso las de aquellos desperfectos que no son causados por la actividad del inquilino.
Ya por último, también se hacía alusión a la cláusula tan corriente en los contratos de alquiler que permite el acceso al propietario al inmueble arrendado siempre y cuando el propietario lo requiera.

Visto de esta manera la verdad es que este tipo de cláusulas resultan cuando menos llamativas y en cierto modo resultan abusivas. No obstante hay que matizar que a pesar de que figuren en determinados contratos carecen de validez si realmente existe un conflicto de intereses entre arrendador y arrendatario y hay que acudir a un juzgado. Recordar que los alquileres se rigen por la ley de arrendamientos por lo que todas aquellas cláusulas que no estén contempladas en esta ley y que resulten perjudiciales para los arrendatarios no tendrán validez en caso de que se acuda a los tribunales, por lo que nuestra opinión es que este tipo de cláusulas, al carecer de validez legal, lo único que buscan es conferir cierta “seguridad” al arrendador a la hora de evitar problemas frente a los inquilinos, es decir, podríamos hablar de que en la mayoría de los casos lo que persiguen es un efecto disuasorio frente a futuros problemas.

En todo caso, nuestra recomendación tanto para propietarios como para inquilinos es que busquen un asesoramiento profesional con el fin de evitar problemas y para saber con fiabilidad qué es lo que se está firmando realmente en el contrato de alquiler.

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